Los avances tecnológicos hacen que casi toda la información fiscal pueda ser cruzada y validada por el SAT.
Por lo que nuestros servicios de auditoria electrónica hacen precisamente eso, cruzar toda la información que el SAT posee (excepto pedimentos de Importación y exportación) con la balanza electrónica.
De tal forma que podemos con dicha balanza comprobar si sus impuestos causados (ISR propio), Trasladados, Acreditables (IVA) y retenidos son razonablemente correctos, y acorde con los CFDI’s emitidos y recibidos.
Realizar proyecciones de cierre anual, comparar la información de todos estos componentes con las declaraciones presentadas (DyP y DIOT).
En resumen realizamos una revisión integral de todos estos componentes a fin de que usted tenga la certeza de que la información que obra en poder del SAT es congruente con la contabilidad y sus declaraciones presentadas. Y en su caso les avisamos donde pudieran existir diferencias importantes que la autoridad les pudiera requerir, para que en su caso o realicen la corrección a la información o tengan los argumentos ya preparados en caso de una revisión por parte de la misma autoridad.
Incluso se revisa que en el ejercicio no estén deduciendo comprobantes de las empresas señaladas en la lista del 69-B del Código Fiscal de la Federación (listas negras definitivas), o en su caso a cuánto ascienden dichas adquisiciones.
Cabe destacar que el CFDI de pago, que se popularizo apenas en septiembre de 2018 (aunque era exigible desde enero) y que recientemente el SAT otorgo una facilidad de no generación cuando el comprobante original sea emitido como PUE y este se pague dentro de los 17 días del mes siguiente, lo que puede distorsionar el cálculo de impuestos trasladados, en su caso les haremos saber dicha circunstancia (las diferencias aparentes que por dicha decisión del SAT se presenten) en los impuestos trasladados.
En estricto sentido nuestros servicios consisten en que antes de que la contabilidad se envíe al SAT tengan ustedes la revisión de un asesor externo amigo, y no meses después una revisión con una pre liquidación por parte del SAT sin que sepan el origen de dicha revisión.
Informes que emitimos:
- Opinión general de revisión efectuada, donde solo se detallaran asuntos más importantes encontrados, o en su caso una opinión limpia.(Normalmente diseñado para la dirección de la compañía)
- Resumen Ejecutivo de las principales cifras fiscales a la fecha de la revisión.(Diseñado para el área de contraloría)
- Detalle mensual de la revisión Electrónica.(Ya que en este reporte incluye todos los cruces posibles y es extenso, su diseño es principalmente para el área contable y fiscal de la empresa).
Adicionalmente estamos en posibilidades de emitir otros informes (no incluidos en esta propuesta) pero que están diseñados para revisar la razonabilidad entre los productos adquiridos y los enajenados, esto solo a petición de la empresa para revisar en su caso faltantes o sobrantes de inventarios.